Consejos para la inscripción

Esta información puede serle útil para inscribirse en sus prestaciones.

Inscripción

Si cumple con los criterios de elegibilidad, entonces tiene derecho a las prestaciones inicialmente:

  • Empleados de oficina por horas y asalariados: en su fecha de contratación
  • Empleados de producción: cuando hayas cumplido 60 días de trabajo

Debe realizar sus elecciones de afiliación dentro de los 30 días siguientes a su fecha de contratación. Si no se inscribe, recibirá automáticamente las siguientes prestaciones limitadas:

  • Seguro de vida y de muerte accidental y desmembramiento
  • Incapacidad a corto plazo (STD)
  • Programa de Asistencia al Empleado (EAP)

Tenga en cuenta que si no elige el Seguro de Incapacidad a Largo Plazo y/o el Seguro de Vida Opcional durante su periodo de inscripción inicial, puede elegir los beneficios más adelante, pero se le pedirá que proporcione una Prueba de Asegurabilidad (EOI) para su revisión y aprobación por parte de la compañía de seguros.

TENGA EN CUENTA:

Si cubre a su cónyuge, que tiene cobertura a través de su empresa, hay un recargo adicional de 50 dólares mensuales por la cobertura médica.

Modificación de la elección de prestaciones/cambio de estatus

Durante la Inscripción Abierta, puede cambiar las coberturas de la mayoría de los beneficios para el próximo año del plan. Después de la Afiliación Abierta, sólo se pueden hacer cambios en las prestaciones si ha experimentado un cambio de situación cualificado. Los cambios de estatus calificados incluyen, pero no se limitan a los siguientes cambios:

  • Estado civil (matrimonio, fallecimiento, divorcio)*
  • Número de personas a cargo (nacimiento, fallecimiento, adopción, estado de elegibilidad, orden de manutención)
  • Situación laboral de usted o de su cónyuge (es decir, inicio o finalización de la relación laboral del cónyuge, excedencia de usted o de su cónyuge, transición de tiempo completo a tiempo parcial o viceversa de usted o de su cónyuge)
  • Cobertura de Medicare o Medicaid para usted o sus dependientes

Por lo general, los cambios en sus elecciones de cobertura deben realizarse en un plazo de 30 días a partir del cambio de situación cualificado.

Usted es responsable de introducir esta información en el sistema de prestaciones, donde informará de un evento. Si necesita ayuda, tiene alguna pregunta o desea más información sobre los cambios de estatus cualificados, póngase en contacto con su socio comercial de Recursos Humanos.

*NOTA IMPORTANTE : En caso de divorcio, los ex cónyuges cubiertos deben darse de baja del plan en un plazo de 30 días.